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Sus derechos

Sus derechos laborales ante la ley

En virtud de la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA), usted y sus compañeros de trabajo tienen ciertos derechos a la hora de formar un sindicato.

  • Tiene derecho a fundar un sindicato, afiliarse a él o colaborar con él.

 

  • Tienes derecho a distribuir literatura sindical, llevar camisetas del sindicato, pedir a tus compañeros que firmen tarjetas de autorización y hablar del sindicato con tus compañeros en horas no laborales.

 

  • Los supervisores y la dirección no pueden espiarle, interrogarle coactivamente, amenazarle o sobornarle en relación con su actividad sindical.

 

  • Tienes derecho a organizar un sindicato para negociar con tu empresa tus salarios, prestaciones y otras condiciones de trabajo.

 

  • La empresa no puede prohibirle que hable de un sindicato o lo solicite durante las horas no laborables (antes y después del trabajo o durante las pausas).

 

  • No pueden despedirte, sancionarte, degradarte ni penalizarte por participar en ninguna de las actividades mencionadas.

 

Los empleadores de Rocketship no pueden PDF

 


 

La Ley Nacional de Relaciones Laborales (en pocas palabras)

La Ley Nacional de Relaciones Laborales (también conocida como Ley Wagner) es una piedra angular de la legislación laboral estadounidense. Se promulgó en 1935 y garantiza el derecho de los empleados a organizarse y negociar colectivamente con sus empleadores, así como a participar en otras actividades concertadas protegidas.

La NLRA cubre a la mayoría de los trabajadores del sector privado, incluidos los de la industria manufacturera, la sanidad, el comercio minorista y la enseñanza privada. Así que probablemente sea más fácil empezar por quién no está cubierto. Y eso incluye...

  • Trabajadores ferroviarios y de líneas aéreas (cubiertos por la Ley de Trabajo Ferroviario)
  • Empleados de las administraciones federal, estatal y local ***
  • Trabajadores agrícolas (con empresario que sólo emplea a trabajadores agrícolas)
  • Supervisores
  • Contratistas independientes

*** La NLRA sí cubre a los contratistas privados que trabajan para el gobierno federal.

La Junta Nacional de Relaciones Laborales (NLRB): La NLRA creó la NLRB, que se encarga de hacer cumplir la ley. Su misión principal es organizar las elecciones sindicales y resolver las acusaciones de prácticas laborales desleales. La Junta consta oficialmente de cinco miembros, aunque al cierre de esta edición quedaban dos puestos vacantes. Los miembros de la Junta son nombrados por el Presidente y ejercen sus funciones durante cinco años. La NLRA también crea la figura del Consejero General, también nombrado por el Presidente, que actúa con independencia de los miembros designados de la Junta. Existen 26 oficinas regionales, cada una de ellas dirigida por un director regional. Aquí es donde se inician los procedimientos electorales y de prácticas laborales desleales.

 

Derechos de los trabajadores en virtud de la NLRA:

  • Organizar un sindicato para negociar con su empleador los salarios, horarios y otras condiciones de trabajo.
  • Formar un sindicato, afiliarse a él o colaborar con él
  • Negociar colectivamente, a través de representantes elegidos por los propios trabajadores, un contrato con el empresario que establezca salarios, prestaciones, horarios y otras condiciones de trabajo.
  • Discutir las condiciones de empleo o de organización sindical con sus compañeros de trabajo o con un sindicato.
  • Tomar medidas con uno o más compañeros para mejorar las condiciones de trabajo, entre otras cosas, presentando quejas relacionadas con el trabajo directamente al empresario o a un organismo gubernamental, y solicitando ayuda a un sindicato.
  • Huelga y piquete, según la finalidad o los medios de la huelga o del piquete.
  • Elegir no realizar ninguna de estas actividades, incluida la afiliación o la permanencia en un sindicato.

Fuente: nlrb.gov/rights-we-protect/employee-rights

 

Prácticas laborales desleales de los empresarios

Según la NLRA, es una violación de la ley que los empresarios:

  • Amenazar a los empleados con la pérdida del puesto de trabajo o de las prestaciones si se afilian o votan a un sindicato o participan en una actividad concertada protegida.
  • Amenazar con cerrar el centro de trabajo si los empleados eligen un sindicato para que les represente.
  • Interrogar a los empleados sobre sus simpatías o actividades sindicales en circunstancias que tiendan a interferir, restringir o coaccionar a los empleados en el ejercicio de sus derechos en virtud de la Ley.
  • Prometer beneficios a los empleados para desalentar su apoyo al sindicato
  • Transferir, despedir, cesar, asignar a los empleados tareas laborales más difíciles o castigar de cualquier otro modo a los empleados por haber participado en una actividad sindical o en una actividad concertada protegida.

Es importante que anote inmediatamente los detalles de las posibles infracciones. Si cree que se han violado sus derechos o los de un compañero de trabajo en virtud de la NLRA, deberá rellenar el formulario NLRB-501 y presentar cargos en un plazo de seis meses a partir de la violación. La oficina regional de la NLRB se encarga de llevar a cabo una investigación imparcial.

Más información sobre sus derechos

Consulta la sección interactiva de la NLRB sobre las leyes que protegen los derechos de los trabajadores.

Póngase en contacto con la Oficina de Asuntos Públicos de la NLRB en el 202-273-1991 o con una de las 26 oficinas regionales.

Puede obtener más información sobre los aspectos jurídicos de la organización aquí.

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